Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

1. Estar en situación de insolvencia

El presupuesto básico para iniciar un procedimiento de Segunda Oportunidad es la insolvencia: no poder cumplir de forma regular con las obligaciones de pago.

No es necesario esperar a que todos los recibos estén impagados, pero sí debe existir una previsión razonable de que el deudor no podrá atender sus deudas con la normalidad exigible.

2. Ser persona física: consumidor o autónomo

La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para personas físicas, ya sean:

Las sociedades mercantiles siguen un régimen concursal diferente, aunque es habitual que sus administradores figuren como avalistas y se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad a título personal.

3. Actuar de buena fe

La buena fe del deudor es un criterio transversal en todo el procedimiento. De forma simplificada, implica que:

El juzgado analizará la conducta del deudor, tanto antes como durante el procedimiento, por lo que es fundamental asesorarse bien desde el inicio.

4. Colaborar con el juzgado y la administración concursal

Otro requisito esencial es la colaboración activa con los órganos del procedimiento. Esto supone, entre otras cosas:

5. Documentación mínima necesaria

Aunque cada caso tiene sus particularidades, de forma orientativa suele exigirse:

Un buen trabajo previo de recopilación y orden de la documentación agiliza el procedimiento y reduce el riesgo de incidencias.

6. Límites y particularidades de la deuda

La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar una parte muy relevante del pasivo, pero existen matices importantes:

De ahí la importancia de que un profesional especializado revise el detalle de cada deuda y diseñe la mejor estrategia jurídica.

7. ¿Qué ocurre si no cumplo alguno de los requisitos?

No cumplir un requisito clave puede llevar a que el juzgado deniegue la exoneración o limite su alcance. No obstante, muchos supuestos requieren un análisis fino: a veces lo que parece un impedimento no lo es en términos legales.

Por ello, antes de descartarte, es aconsejable revisar tu situación con un despacho especializado en Ley de Segunda Oportunidad, que pueda valorar las opciones reales con la jurisprudencia más reciente.